Según el Dictamen Nº 27065N18 de la Contraloría General de la República que se publicó el 30 de octubre del presente año, generó un precedente que termina con el no pago de los sueldos de los meses de verano a profesores contratados por temporada.
Según el órgano contralor los sostenedores no podrán negar el pago de enero y febrero de profesor que tenga un contrato de más de seis meses y tengan vigencias hasta diciembre de cada año.
SOSTENEDORES DEBEN PAGAR ENERO Y FEBRERO A PROFESORES
